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Miembro de la FEDERACIÓ DE RECAUDADORS DE TRIBUTS

RECAUDACIÓN PERIODO EJECUTIVO

• Informamos al público en general, en el horario que se fije, con los requisitos señalados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

• Efectuamos las notificaciones de las Providencias de constreñimiento, subasta, en su caso, y cuantos requerimientos resulten reglamentariamente preceptivos, dentro y fuera del Término Municipal, con captura informática de los datos y incidencias de la misma, y elaboramos edictos para todas aquellas actuaciones de las que no se haya seguido la notificación.

• Promonemos cuantas actuaciones sean preciasa para el cobro de los créditos pendientes, búsqueda de información para el embargo así como las diligencias de embargo necesarias, incluyendo la subasta y enalienación de los bienes travados, segun el orden de prelación establecido en el Reglamento de Recaudación.

• Clasificamos, archivamos y custodiamos, bajo nuestra responsabilidad, los valores y documentos necesarios para la realización del servicio que nos sean entregados, así como de toda la documentación generada durante el procedimiento. En qualquier caso, los datos, registros, archivos y cuantos documentos y información se produjeran como consecuencia de nuestra actividad, quedan como propiedad del Ayuntamiento y su tratamiento sometido a las disposiciones de la L.O. 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.

• Confeccionamos los expedientes de fallos para su aprovación para el órgano competente, incluyendo detalle de deudas afectadas y de la documentación acreditativa de la falta de bienes y/o ignorado domicilio del deudor.

• Liquidamos mensualmente o en la periodicidad establecida los ingresos realizados. Confeccionamos los libros mecanizados a disposición de la Tesoreria Municipal en los que se agruparán los cobros por concepto presupuestario y ejercicio, con detalle individualizado de deudores.

• Desarrollamos cualquier otra actuación de naturaleza análoga o, en su caso, complementaria a las descritas anteriormente, sin que en ningún supósito podamos implicar ejercicio de autoridad por nuestra parte y que sean necesarias para una correcta y eficaz gestión integral de los procedimientos de constreñimiento, tanto en su rama administrativa como en su ámbito recaudatorio.

 
     
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